«Si está planeando un viaje corto a los Estados Unidos para participar en actividades religiosas durante su estancia, es importante que utilice el visado adecuado para cumplir con los requisitos para solicitar un visado R-1 para trabajadores religiosos no inmigrantes.»
Muchos trabajadores religiosos, voluntarios o misioneros solicitan por error un visado turístico B2, sin darse cuenta de que esto podría generar graves complicaciones con las autoridades de inmigración estadounidenses.
En esta guía, analizaremos la diferencia entre los visados B1 y B2, cuándo los visitantes religiosos pueden optar por el estatus B1, qué busca el USCIS y cómo un apoyo legal adecuado puede proteger su misión.
La diferencia clave entre los visados B1 y B2
Tanto la visa B1 como la B2 pertenecen a la categoría de «visas de visitante», pero sus fines son muy diferentes.
- Las visas B2 (turísticas) son para personas que visitan los Estados Unidos con fines recreativos, turísticos o para visitar a amigos y familiares. No se puede participar en ninguna actividad laboral o de voluntariado estructurada que proporcione un beneficio directo a una organización estadounidense.
- Las visas B1 (de negocios) están destinadas a viajes de negocios o profesionales de corta duración. Afortunadamente, las regulaciones estadounidenses permiten específicamente ciertas actividades religiosas bajo la categoría B1. Para obtener más detalles, consulte el Manual de Asuntos Exteriores 9 FAM 402.16-12 y 9 FAM 402.2-5(c)(1). Estas actividades incluyen:
- Predicar o dirigir servicios religiosos.
- Asistir a conferencias religiosas
- Participar en misiones a corto plazo o proyectos de servicio.
- Enseñanza o formación sin remuneración
¿Se puede recibir alojamiento y comida con un visado estadounidense para realizar labores religiosas? Solo con un visado B1.
Uno de los errores más comunes que cometen los trabajadores religiosos al ingresar a los Estados Unidos es suponer que pueden utilizar un visado de turista B2 para viajes misioneros de corta duración, enseñanza religiosa o trabajo voluntario, especialmente cuando no reciben remuneración. Esta suposición puede acarrear graves consecuencias en términos de inmigración.
Está prohibido recibir compensación en especie con un visado B2.
Si planea ingresar a los Estados Unidos con una visa de turista B2, tiene estrictamente prohibido realizar cualquier tipo de trabajo o recibir compensación de cualquier clase. Esto incluye apoyo en especie, como comidas, alojamiento o transporte. Incluso sin un salario, las autoridades de inmigración de los Estados Unidos pueden considerar esto como empleo no autorizado o una violación de la visa, ya que sus actividades benefician directamente a una organización estadounidense.
Las visas B2 están destinadas únicamente al turismo, el ocio o las visitas a amigos y familiares. Las regulaciones estadounidenses no permiten el trabajo religioso, ni siquiera sin remuneración, con el estatus B2 cuando hay compensación o apoyo económico involucrado.
Las visas B1 permiten el apoyo en especie para el trabajo voluntario religioso.
Por el contrario, el visado B1 (Negocios) permite la entrada temporal con fines específicos no laborales, incluidas determinadas actividades religiosas. De acuerdo con 9 FAM 402.2-5(c)(1) y 9 FAM 402.16-12, los trabajadores religiosos pueden recibir apoyo en especie, como alojamiento, comida y transporte, si:
- La actividad es voluntaria y de carácter religioso.
- No se pagan salarios ni sueldos procedentes de fuentes estadounidenses.
- El apoyo es incidental y no se considera un empleo formal.
Esto hace que la visa B1 sea la opción adecuada para los trabajadores religiosos y voluntarios que recibirán apoyo, como comida y alojamiento, durante su visita.
Algunos ejemplos de viajes religiosos B1 válidos incluyen:
- Un misionero que participa en un proyecto de divulgación de dos meses patrocinado por una iglesia extranjera.
- Una monja o un monje que asiste a un retiro teológico.
- Un pastor que da sermones como invitado en varias iglesias durante un breve periodo de tiempo.
Problemas al cambiar de una visa B2 a una visa R-1 después de recibir una indemnización
Muchos trabajadores religiosos llegan a los Estados Unidos con una visa de turista B2 con la intención de solicitar posteriormente una visa R-1 para trabajadores religiosos. Sin embargo, si ha recibido algún tipo de compensación, incluyendo apoyo en especie como alojamiento o comidas, mientras tenía una visa B2, esto puede crear serios obstáculos legales para cambiar su estatus.
El USCIS revisa cuidadosamente las actividades y el historial de visados de todos los solicitantes. Si recibió alojamiento, comida, transporte o cualquier otro beneficio de una organización religiosa estadounidense mientras se encontraba en situación B2, el USCIS puede determinar que ha infringido los términos de su visado. Esto puede dar lugar a:
- Una denegación de su solicitud de visado R-1 o de cambio de estatus.
- Una constatación de empleo no autorizado.
- Denuncias por tergiversación.
- Inadmisibilidad en virtud del artículo 212(a)(6)(C)(i) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) por tergiversación deliberada de un hecho relevante.
Incluso cuando el apoyo no fue monetario, el USCIS puede considerarlo como prueba de que su intención original no era compatible con un visado de turista. La intención es importante. Recibir una compensación mientras se encuentra en situación B2 sugiere claramente que se dedicaba a una labor religiosa que requería un visado B1 o R-1 desde el principio.
Por este motivo, entrar con el visado adecuado desde el principio, como un B1 para trabajo voluntario a corto plazo o solicitar directamente un R-1 en el extranjero, es fundamental para proteger su estatus legal y sus futuras opciones de inmigración.
Lo que necesitarás para respaldar tu solicitud B1
Para obtener la aprobación de un visado B1, recomendamos presentar:
- Una carta de invitación de la organización estadounidense (si procede).
- Una carta de apoyo de su institución religiosa extranjera.
- Prueba de apoyo financiero durante su estancia.
- Planes de viaje e itinerario de regreso.
- Prueba de vínculos con su país de origen. Esto puede incluir pruebas como contratos de trabajo, propiedad de bienes inmuebles, relaciones familiares o matriculación escolar, cualquier cosa que demuestre que tiene motivos sólidos para regresar después de su visita. Cuanto más fuertes sean estos vínculos, mayores serán las probabilidades de que se apruebe su visado B1.
Cuándo debes decir claramente que necesitas un visado B1
Si está solicitando una visa o conversando con un funcionario consular o con la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos (CBP), es importante que indique claramente que está solicitando una visa B1 cuando su propósito es realizar trabajo voluntario religioso. Muchos solicitantes simplemente dicen que están visitando por turismo o asistiendo a eventos religiosos. Esto puede llevar a que se les otorgue una visa B2, que no permite ningún tipo de servicio religioso voluntario ni compensación en especie.
Debe indicar claramente que usted:
- Tiene la intención de desempeñar funciones religiosas de forma temporal.
- No recibirá ningún salario procedente de fuentes estadounidenses.
- Puede recibir apoyo en especie, como comida y alojamiento.
- Están afiliados a una organización religiosa en su país de origen.
- Regresará a su país después del viaje.
- Tenga una carta de la organización religiosa estadounidense en la que va a realizar el voluntariado, en la que se explique la naturaleza y la duración de su visita.
Durante la inspección de entrada y después de la llegada, siempre verifique el sello de su visado y su registro de llegada I-94 para confirmar que indican el estatus B1. A veces, los viajeros reciben un visado B2 o son admitidos bajo el estatus B2 por error. Si su sello de visado o su I-94 muestran B2, no está autorizado para realizar trabajos religiosos ni recibir compensaciones en especie.
Ser transparente y verificar su tipo de visado protege su entrada, su estatus legal y sus futuras opciones de inmigración. Indique siempre claramente que necesita un visado B1 para realizar trabajo voluntario religioso.
Qué hacer si ha recibido un visado B2 en lugar de un B1
Si ingresó a los Estados Unidos con una visa B2 pero necesita el estatus B1 para realizar trabajo voluntario religioso, debe solicitar de inmediato un cambio o modificación de estatus en un Centro de Inspección Diferida (DIS), una oficina designada por la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos (CBP) para manejar asuntos relacionados con visas y entradas después de la llegada. En el DIS, puede explicar su situación y solicitar que se cambie su estatus de B2 a B1 sin salir de los Estados Unidos.
Se recomienda encarecidamente consultar con un abogado especializado en inmigración antes de acudir a un Centro de Inspección Diferida para asegurarse de que dispone de toda la documentación necesaria, incluida una carta de su organización religiosa.
Intentar cambiar el estatus de su visa sin la orientación adecuada o continuar con actividades prohibidas puede dar lugar a la denegación, la expulsión o problemas futuros con la visa.
Obtenga ayuda legal antes de viajar.
Las misiones religiosas son significativas, pero las complicaciones con los visados pueden convertir un viaje bienintencionado en una pesadilla legal. En Immigration Law of Montana, P.C., ayudamos a organizaciones religiosas, trabajadores, misioneros y voluntarios a elegir el visado adecuado y a preparar la documentación necesaria que cumpla con los requisitos de la CBP y el USCIS.
Programe una consulta hoy mismo y asegúrese de que su próxima visita a los Estados Unidos sea legal y significativa.
Por Maryangel Aguilera, asistente legal en Immigration Law of Montana, P.C.